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Qué exige la NOM-019-STPS sobre la comisión de seguridad

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Equipo Consultto

Especialistas en sistemas de gestión · 17 oct 2026

Una destilería de tequila recibió una inspección de la STPS. El acta de constitución de la comisión de seguridad e higiene estaba en el archivo, firmada hace cuatro años. De sus seis integrantes, dos ya no trabajaban en la empresa y otro había cambiado de área. No había programa anual de recorridos ni actas de verificación. Una semana antes, un trabajador se había quemado con vapor en la zona de hornos, y la comisión no se había enterado.

Qué es la NOM-019-STPS

La NOM-019-STPS-2011 establece los requerimientos para la constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo. Aplica a todos los centros de trabajo del país. La comisión es un grupo integrado por representantes del patrón y de los trabajadores, cuyo propósito es investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo y proponer medidas para prevenirlos.

Cómo se integra

  • —Es paritaria: tiene el mismo número de representantes del patrón y de los trabajadores.
  • —Tiene un coordinador, designado por el patrón, y un secretario, propuesto por los trabajadores o el sindicato, además de vocales.
  • —En centros de trabajo con menos de 15 trabajadores puede integrarse con un trabajador y el patrón o su representante.
  • —Su integración se registra en un acta de constitución, que se actualiza cuando cambian sus integrantes.

Qué debe hacer la comisión

  • —Elaborar un programa anual de recorridos de verificación.
  • —Hacer recorridos ordinarios, al menos cada tres meses, y extraordinarios después de un accidente, un cambio en el proceso o cuando se detecte una condición peligrosa.
  • —Identificar en los recorridos los agentes, condiciones peligrosas o actos inseguros, y registrar los resultados en un acta.
  • —Investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo.
  • —Proponer medidas preventivas y dar seguimiento a su cumplimiento.

Qué le toca al patrón

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El patrón debe constituir la comisión, dar las facilidades para que sus integrantes hagan los recorridos dentro de su jornada, proporcionarles capacitación y atender las recomendaciones que emitan. Una comisión que hace recorridos pero cuyas recomendaciones nadie atiende tampoco cumple con la norma: el acta registra la condición peligrosa y, en la siguiente inspección, la STPS pregunta qué se hizo con ella.

El caso de Los Altos

En Atotonilco el Alto y Jesús María operan destilerías de tequila con hornos, autoclaves, calderas y tanques de fermentación, donde la mayor parte de los riesgos se concentra en el vapor, las superficies calientes y los espacios confinados. Mantener viva la comisión, con su programa, sus actas y el seguimiento de sus recomendaciones, es uno de los puntos que se integran en la Consultoría ISO 9001 en Guadalajara.

En resumen

La NOM-019-STPS obliga a todo centro de trabajo a contar con una comisión de seguridad e higiene paritaria, con acta de constitución vigente, programa anual, recorridos de verificación al menos trimestrales e investigación de accidentes. Su valor está en que el patrón atienda lo que la comisión encuentra.

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